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Cadivi aplica nuevo mecanismo para solicitudes bianuales.

on 20:16

El organismo brinda información del cambio a través de su página web.

ElUniversal - Cadivi

La Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), informa a sus usuarios y usuarias que a partir del 15 de octubre del presente año, entrará en funcionamiento un nuevo mecanismo para solicitudes bianuales de divisas para consumos con Tarjeta de Crédito en el exterior entre dos (2) años fiscales.

Este nuevo procedimiento se realiza con el fin de continuar simplificando los trámites a los usuarios y usuarias, con un sistema más amigable, dinámico y sencillo para quienes realizan solicitudes entre dos (02) años fiscales, cuya salida es en el 2012 y retorno en el 2013, según señala un comunicado publicado en su página web.

El usuario deberá introducir en el Sistema los datos del viaje de la misma forma que lo realiza actualmente. Al generar la solicitud en dos (02) años calendarios distintos se le presentará de inmediato una ventana informativa, la cual el usuario debe aceptar las condiciones para continuar con el trámite.

Al confirmar la solicitud, el sistema le mostrará el monto en divisas disponible para el año en curso y le permitirá colocar el monto que desea utilizar para cada año calendario, atendiendo a la duración y destino del viaje conforme a la tabla indicada en el artículo 18 de la providencia 099 vigente.

En conformidad con los datos registrados en su solicitud, le aparecerá una pantalla de confirmación de montos, la cual debe ser revisada, de estar de acuerdo puede continuar en "confirmar", o modificar en "volver".

El nuevo sistema le generará dos (02) solicitudes (una para cada año fiscal) las cuales deben presentar ante el Operador Cambiario Autorizado en una sola carpeta según lo establecido en el Manual de Normas y Procedimientos para la Consignación de Documentos para Tramitar la Solicitud de Autorización de Adquisición de Divisas Destinadas al Pago de Consumo en el Extranjero.

Una vez que finalice el viaje, el usuario debe realizar su Declaración Jurada de Cierre para ambas solicitudes dentro de los cuarenta y cinco (45) días continuos siguientes a la fecha indicada en la solicitud para el regreso del viaje.


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