La Asamblea Nacional Constituyente realizó una reforma integral a la norma del Impuesto al Valor Agregado (IVA), con el fin de ampliar las exoneraciones a productos de la cesta básica, establecer una alícuota variable para los consumos gravados que fluctuará entre 8% y 16,5% según lo determine el Ejecutivo Nacional, aparte de fijar una sobretasa de entre 5% y 25% a bienes y servicios pagados con moneda extranjera y/o criptomonedas o criptoactivos distintos al Petro.
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La tasa para los consumos considerados suntuarios pagados en divisa de curso legal en Venezuela fluctuará entre 15% y 20%. La alícuota impositiva aplicable a las ventas de exportación de bienes muebles y a las exportaciones de servicios, será de 0%. CLIC AQUI para seguir leyendo...
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